Desde Asesoría Jurídica Heliópolis queremos reseñar una circunstancia muy habitual en la práctica por la cual muchas personas solicitan éste tipo de certificado, llevándose la sorpresa que tiene deudas con Hacienda.
Este tipo de certificados es muy requerido por los diferentes Organismos Públicos para la concesión de subvenciones así como por entidades bancarias para la concesión de créditos relacionados con nuestro negocio.
La primera posibilidad y la más obvia es que efectivamente se tenga algún tipo de deudas con Hacienda. Si no tenemos constancia de qué deuda se trata, basta con acceder desde la Sede Electrónica de la página web de la A.E.A.T. y con nuestro certificado digital elegir la opción consultar deudas, en esta opción aparecerán desglosadas las posibles deudas que tenemos con el Erario Público.
La segunda posibilidad y quizás la más extraña es que el contribuyente es consciente que está al corriente en las obligaciones tributarias, pero el certificado aparece que es negativo (tiene deudas) o que no es posible obtener el certificado de manera instantánea con nuestro certificado digital porque Hacienda está estudiando nuestra solicitud.
Ello se debe a que posiblemente el contribuyente tenga algún fraccionamiento pendiente y aunque el mismo se está cumpliendo según plazos fijados por la AEAT, nuestra entidad bancaria todavía no haya comunicado el cargo en nuestra cuenta de la cantidad estipulada en la concesión del aplazamiento/fraccionamiento a Hacienda, por la sencilla razón que los bancos no comunican todos los días a Hacienda estos aspectos.
Ante esta situación desde Asesoría Jurídica Heliópolis aconsejamos realizar una instancia dirigida a la oficina de Recaudación de nuestra Administración de Hacienda, explicando la situación y aportando justificante bancario del cargo en cuenta de ese plazo en cuestión. En los días siguientes recibiremos comunicación de la AEAT, confirmando que el certificado tiene el carácter de positivo y no hay deudas pendientes de pago.