Desde Asesoría Jurídica Heliópolis, queremos destacar brevemente, los principales aspectos que recogen las nuevas medidas impulsadas por el Partido Popular y Ciudadanos que entró en vigor la semana pasada.
La entrada de esta ley será gradual, de hecho los aspectos más llamativos entrarán en vigor a partir del próximo 1 de Enero de 2018.
A continuación, destacamos la batería de medidas más relevantes y cuando entran en vigor si inmediatamente o el próximo 1 de Enero:
- Los autónomos que se jubilen podrán seguir cobrando el 100% de su pensión de jubilación y trabajar con el condicionante de tener al menos un trabajador a su cargo. (YA EN VIGOR).
- Se reconoce al autónomo el accidente in itenere, el que tiene lugar de ida o vuelta al trabajo (YA EN VIGOR).
- Se reconoce de oficio el exceso de cotización a trabajadores con pluriactividad (A PARTIR DE ENERO).
- Tendrán que pagar desde el día que se den de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos y no todo el mes (A PARTIR DE ENERO).
- Se reducen del 20% al 10% los recargos derivados del retraso en el pago de las cuotas de la Seguridad Social (A PARTIR DE ENERO).
- Los autónomos podrán cambiar en el mismo año hasta cuatro veces su base de cotización (A PARTIR DE ENERO).
- Mejora en la famosa Tarifa Plana de Autónomos pasando su duración de 12 a 24 meses. El pago de los 50 Euros mensuales pasa de ser de los seis primeros meses a los doce primeros (Algunas CCAA ya tenían esto último como Madrid) (A PARTIR DE ENERO).
- Deducción del 30% en materia impositiva de los gastos de consumo si el autónomo trabaja desde casa (A PARTIR DE ENERO).
- Deducción en materia impositiva de hasta 27 Euros (48 Euros si es en el extranjero) de gastos de dieta y manutención. (A PARTIR DE ENERO).